Aprueban por insistencia PL que sanciona con cárcel el acaparamiento y especulación
La Comisión de Defensa del Consumidor, aprobó por unanimidad la insistencia de la autógrafa de ley observada por el Poder Ejecutivo, que modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del consumidor, respecto al acaparamiento, especulación y adulteración. En la sesión de este jueves 16, congresistas de diversas bancadas saludaron y respaldaron la iniciativa puesta a debate nuevamente en ese grupo de trabajo y consideraron su aprobación por ser de suma importancia para sancionar el acaparamiento, especulación y adulteración de productos en las zonas declaradas en estado de emergencia.
Los parlamentarios Franco
Salinas López y
Rolando Campos Villalobos
(AP), se mostraron en contra de
las observaciones del Poder Ejecutivo y manifestaron que su aprobación en el
próximo Pleno del Congreso debe ser inmediata, toda vez, que está en juego la
vida y salud de millones de personas.
“Parece que las observaciones
presentadas por el Ejecutivo han sido elaboradas en el directorio de
una empresa privada.
Presiento que esto
tiene más un
contenido empresarial que observaciones de un poder del estado”, sostuvo
Salinas López.
En el mismo sentido, el congresista
Yim Mamani Barriga (UPP) y Rubén Ramos Zapana consideró que las observaciones
carecen de argumentos fácticos y legales.
“Más que observaciones razonables
parece una acción que refleja un sometimiento del gobierno a algunos grupos de
poder que ejercer posición de dominio en el mercado, por esa condición abusan
de la situación económica de nuestros compatriotas con la venta de medicamentos
a precios inaccesibles”, sostuvo Mamani.
Por su parte, Reymundo Dioses
Guzmán (SP) lamentó la falta de entendimiento entre el Poder Ejecutivo y el
Parlamento, dado que desde el 2017 la autógrafa de ley ha sido observada hasta
en dos oportunidades. “Lamento que después
de tres años
no podamos haber
adecuado los delitos
de acaparamiento y especulación al régimen económico establecido en la
Constitución de1993. Los únicos perjudicados son los consumidores”, refirió.
Carmen Omonte Durand (APP)
sugirió que las observaciones se limiten al tipo penal de acaparamiento a
situaciones de emergencia quedando en el ámbito administrativo las conductas
que se realicen en épocas normales y de esa manera racionalizar y equilibrar el
actuar del derecho penal.
“Tenemos que
dar énfasis y
concentrarnos a todo
lo que hemos
mencionado anteriormente a situaciones de emergencia de desastre. Eso le
va a dar mucho mayor potencia a lo que estamos debatiendo”, dijo.
La legisladora Zenaida Solís
Gutiérrez (PM) consideró que hay una insuficiencia de control administrativo,
toda vez, que para los grupos que tienen control de dominio el pago de multas
administrativas no ha sido problema. “Pagan la multa con una sonrisa y siguen
adelante con las mismas conductas, inclusive contratando con el Estado, y este
no se da por aludido. El Estado no lo sanciona, no los reprime, nos los deja de
contratar, eso es una insuficiencia de control administrativo”, advirtió Solís
Gutiérrez.
José Luis Ancalle Gutiérrez (FA)
dijo que el Poder Ejecutivo está velando por los intereses de las empresas y no
por los consumidores, por los ciudadanos que están padeciendo esta pandemia.
“Son momentos en la que todos
tenemos que unirnos y dar la mejor predisposición para poder
permitir que mecanismos
excepcionales puedan ayudar
a la población sobre todo
para mantener la
vida de las
personas. Es difícil
comprender que el Ejecutivo haya observado la norma”,
precisó.
Finalmente, la Comisión de
Defensa del Consumidor acordó pasar a cuarto intermedio la iniciativa
legislativa que propone la ley que modifica el Decreto Supremo 054-97-EF, Texto
Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones.



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