Corte Superior Nacional tendrá competencia en el proceso por muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado
La Sala Penal Permanente de la
Corte Suprema estableció que el conocimiento y competencia del proceso referido
a las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado, ocurridos en noviembre del 2020,
corresponden a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y no
a la Corte Superior de Lima.
Así lo dispuso el tribunal
supremo, que preside el magistrado César San Martín Castro, al declarar fundado
el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía Superior contra la
resolución de la Sala Penal de Apelaciones Nacional que declaró no tener competencia
para avocarse a este caso.
La sentencia sostiene, en lo que
atañe a la dimensión, víctimas y repercusión nacional, que “este caso se
trataría de una grave violación de derechos humanos que proscribe el derecho
internacional por la actuación desproporcionada de la fuerza contra la
población civil que ejercía un derecho reconocido”.
“Los hechos se enmarcan en una
protesta nacional con numerosas personas afectadas y repercusión en todo el
país, determinaron un cambio de Presidente, generaron grave alarma social y
comprometieron la institucionalidad del gobierno. Es evidente, el proceso es
complejo por la investigación contra varios agentes y tres delitos
comprendidos”, señala la resolución.
El tribunal indica que los
delitos investigados son especialmente graves y están conminados por delitos de
homicidio calificado a una pena no menor de 15 años de cárcel.
“En todo caso, la actividad
investigativa y los medios de investigación determinarán lo realmente sucedido
y si, como se plantea, se cometieron delitos contra la vida e integridad de los
manifestantes en el uso ilícito de la fuerza”, recalcó el tribunal.
Luego de leída la resolución en
audiencia virtual, el tribunal supremo la notificó al órgano jurisdiccional
superior para la continuación del procedimiento de investigación.



Comentarios
Publicar un comentario