Cambio de Reglamento del Congreso es inconstitucional
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| Según Abad, el Congreso no tiene atribuciones para reglamentar artículos que desarrollan funciones de otros poderes del Estado. |
La modificación al Reglamento del Congreso sobre la cuestión
de confianza y la censura de ministros, aprobada anoche por el pleno, es
inconstitucional por donde se le mire, sostuvo ayer el abogado
constitucionalista Samuel Abad.
Dicha modificación plantea que en caso de una “crisis total
del Gabinete” ningún ministro saliente pueda ser parte del Consejo de Ministros
siguiente.
De no suceder esto, es decir, si se repiten ministros,
entonces no se consideraría una crisis total y por lo tanto no aplicaría como
una de las dos posibilidades que tiene el Presidente de la República de
disolver el Parlamento.
Según Abad, este cambio resulta inconstitucional porque, en
principio, el Congreso no tiene atribuciones para reglamentar artículos que
desarrollan funciones de otros poderes del Estado, en este caso el Ejecutivo.
“Quien designa ministros es el Ejecutivo y cuando el
Congreso pretende que luego de la caída de un gabinete no se puede volver a
designar a un ministro, está regulando atribuciones del Ejecutivo”, dijo a la
Agencia Andina.
El constitucionalista aclaró que el Reglamento del
Parlamento no tiene esa competencia, y está para desarrollar competencias
internas del Legislativo, pero no para desarrollar atribuciones que le competen
solo al Gobierno.
Para el abogado, el fondo del asunto pasa por que se le
quiere dar un sentido distinto a la llamada cuestión de confianza prevista en
la Constitución, que considera la disolución del Congreso cuando hay caída de
dos gabinetes.
“Ahora, bajo la interpretación que le quieren dar, quieren
asumir que lo que ocurrió con el Gabinete Zavala, al que no se le dio la
confianza, no fue el primer gabinete caído porque después se nombraron
ministros que estuvieron con él”, indicó.
“Con ello buscan evitar que se hable de una primera caída de
gabinete, y evitar una eventual disolución”, añadió.
Para Abad, lo aprobado por el Congreso “es inconstitucional
por la forma y por el fondo, pues el Congreso no puede regular atribuciones de
otros poderes a través de su propio reglamento”.
“No se justifica que una norma reglamentaria aborde materias
que no son tema del Congreso, están interpretando la Constitución, involucrando
en sus alcances al Ejecutivo. Quien designa ministros es el Presidente, no el
Congreso”, insistió.



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