Hasta ocho años de cárcel para quien difunda imágenes intimas de otras personas por internet o redes sociales
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| Proyecto trata de imponer sanciones drásticas para quienes difundan imágenes íntimas de otras personas. |
Hasta con ocho años de pena privativa de la libertad se
sancionaría a las personas que vulneren a la intimidad de las personas, si es
que se llega a aprobar el Proyecto de Ley 2460/2017 presentado por el
parlamentario de Fuerza Popular, Miguel Castro.
La propuesta sostiene que si “se revela las partes íntimas de una persona o
un acto sexual”, la sanción, dependiendo de su gravedad, va ser de una pena no
menor de 3 años y ni mayor de 6 años. En tanto, si la intimidad de la persona
es difundida por cualquier medio de comunicación “o de tecnología de la
información sean internet o redes sociales” la pena no sería menor a 4 años, ni
mayor de 8 de cárcel.
Castro destaca en su propuesta que, de acuerdo al Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI) desde 2011 hasta el 2016, sólo ha
sido sentenciada una persona por este tipo de delito, culpando de esto a la
actual legislación que está mal diseñada y da una sanción benigna a quien
cometen esta falta.



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