Proponen eliminar antecedentes a delincuentes que hayan cumplido sus sentencias

 


En medio de protestas por temas de inseguridad ciudadana donde la población exige se endurezcan las sanciones contra los delincuentes, el congresista de la República Guido Bellido presentó un proyecto de ley que pretende modificar los artículos 57 y 69 del Código Penal referente a los lineamientos de rehabilitación de los condenados a prisión por delitos dolosos, eliminando los antecedentes penales, judiciales y policiales de los malhechores que hayan cumplido su sentencia.

Hay que recordar que en la actual legislación aquellas personas que fueron sentenciadas por cometer un acto doloso y que ya cumplieron su penitencia, aún conservan en su historial de antecedes el delito y la condena a las que fueron sentenciados, por un tiempo de cinco años. Si en el lapso de ese periodo no reinciden en el delito, la cancelación de esos antecedentes será definitiva.

Lo que dice el Código Penal:

“Tratándose de pena privativa de libertad impuesta por la comisión de delito doloso, la cancelación de antecedentes penales, judiciales y policiales será provisional hasta por cinco años. Vencido dicho plazo y sin que medie reincidencia o habitualidad, la cancelación será definitiva”.

La propuesta del congresista:

“Tratándose de pena privativa de libertad impuesta por la comisión de delito doloso, la cancelación de antecedentes penales, judiciales y policiales deberá ser de oficio, bajo responsabilidad funcional y, en un plazo máximo de diez días y será definitivo una vez cumplido el tiempo de condena impuesta y sin que medie reincidencia o habitualidad, bajo responsabilidad administrativa”.

“Para los casos de pena privativa de libertad suspendida, la rehabilitación se genera automáticamente al momento del cumplimiento de la pena, cuando además haya cancelado el integro de la reparación civil”.

¿Qué es un delito doloso?

Un delito doloso es aquel en el que el autor actúa con intención o conocimiento de que está cometiendo un acto ilegal. Esto significa que la persona tiene la voluntad de realizar el acto y es consciente de las consecuencias de sus acciones. En contraposición, los delitos culposos son aquellos en los que el autor no tiene la intención de causar un daño, sino que lo hace por negligencia o imprudencia. Ejemplos de delitos dolosos incluyen el homicidio intencional, el robo y el fraude.


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